¿Qué es el LRE y quiénes están obligados?
El Libro de Remuneraciones Electrónico (LRE) es el registro oficial que todo empleador con 5 o más trabajadores debe mantener y cargar mensualmente en la plataforma de la Dirección del Trabajo (DT). Reemplazó definitivamente al libro físico.
- Obligatorio para empresas con 5 o más trabajadores (de cualquier tipo de contrato)
- Empresas con menos de 5 trabajadores no están obligadas al LRE, pero sí a llevar registro de remuneraciones
- Se carga en el portal Mi DT (mitrabajo.gob.cl) mes a mes
- El plazo de carga es hasta el día 15 del mes siguiente al período declarado
Qué información debe contener
El LRE registra los datos de todos los trabajadores vigentes en el período, con el detalle completo de su remuneración:
- RUT y nombre completo del trabajador
- Tipo de contrato y días trabajados en el período
- Sueldo base y todos los haberes variables (desglosados)
- Cada descuento legal y voluntario con nombre e importe
- Monto líquido pagado
- Forma de pago (depósito, cheque, efectivo)
- Cotizaciones declaradas: AFP, salud, AFC
Proceso de carga mensual paso a paso
- Cierra las liquidaciones de sueldo del mes (antes del día 10 recomendado)
- Verifica que las cotizaciones en Previred estén cuadradas con las liquidaciones
- Ingresa a mitrabajo.gob.cl con tu RUT y ClaveÚnica
- Descarga la plantilla Excel del LRE del período correspondiente
- Completa la plantilla con los datos de cada trabajador
- Carga el archivo antes del día 15 del mes siguiente
- Descarga el comprobante de carga y guárdalo
La plantilla Excel del LRE tiene validaciones estrictas de formato. Un RUT mal escrito o un monto con decimales en campo incorrecto puede rechazar toda la carga. Valida la planilla antes de subir.
Consecuencias de no cargar el LRE
La no carga del LRE dentro del plazo es una infracción laboral con multas:
- Multa de 1 a 5 UTM por cada trabajador cuyo registro se omite
- En caso de fiscalización de la DT, la ausencia del LRE agrava las sanciones
- El LRE también es requisito para solicitar ciertos beneficios del Estado (FOSIS, SENCE, etc.)
- Guarda los comprobantes de carga al menos 5 años
